Requisitos para Cobrar la Herencia en Chile

En este artículo encontrarás información correspondiente a los Requisitos para Cobrar la Herencia. Es muy importante que prestes atención, ya que muchas veces nos encontramos en esta situación y no sabemos como proceder.

A medida que vayas leyendo, tus dudas se van aclarar. También te hablaremos de cómo realizar el trámite paso a paso, quién puede hacerlo, cómo se distribuye la herencia, qué son las AFP y mucho más.

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¿Cómo se puede Cobrar la Herencia en Chile?

Para cobrar la herencia en Chile, es necesario acercarse a la oficina correspondiente en el Registro Civil. Este es un trámite administrativo que produce la llegada de los bienes que pertenecían a la persona muerta a sus beneficiarios legales. Y por supuesto cumplir con los Requisitos para Cobrar la Herencia en Chile.

Es importante resaltar, que es primordial realizar este paso, porque forma la comunidad hereditaria y que a largo plazo le permita a sus herederos disponer de su herencia como lo crean conveniente o como esté establecido legalmente.

Paso a Paso

Los paso para Cobrar Herencia en Chile se describen a continuación:

  1. Como primer paso se debe revisar lo que contiene la Posesión Efectiva (se explica más adelante).
  2. pago a herederosEfectuar la solicitud de la Posesión Efectiva.
  3. Presentar los requisitos para la Posesión Efectiva.
  4. Realizar el inventario, en base a las estipulaciones legales.
  5. Conocer los costos y los plazos para este trámite.
  6. Prever posibles eventualidades durante el procedimiento.

Para obtener información detallada al respecto, ingresa a este enlace.

Documentos Necesarios para Cobrar la Herencia

Existen una serie de documentos que son necesarios presentar como Requisitos para Cobrar la Herencia. Para ello debes acudir a la oficina respectiva. Estos son los siguientes:

  • Consignar la declaración jurada de que no existen beneficiarios de pensión. En otras palabras, que no hay otros beneficiarios además de ti, y los que aparezcan en el documento.
  • Rellenar la información de la persona que funge como el heredero que solicita el trámite.
  • Certificaciones civiles que comprueben el nexo familiar con el asociado que murió.
  • Un poder para recibir los fondos, en el caso de que haya un menor de edad como miembro heredero.
  • En el caso de que existan mujeres como herederas, tienen que comprobar su estado civil.

Adicional a lo antes expuesto, si el monto de la cuenta del asociado es mayor a 5 UTA (Unidad tributaria mensual), debes consignar lo siguiente: La Posesión Efectiva, esta se adquiere en el Servicio de Registro civil (en el caso de que haya testamento), o en el Juzgado Civil.

¿Quién puede hacerlo?

Este trámite se hace bajo la figura de Posesión Efectiva. El cual puede efectuar uno o más miembros herederos. Pueden hacerlo de forma personal o a través de un mandatario para que los represente. Todo esto con la finalidad de utilizar de forma legal los bienes heredados (vivienda, automóvil, dinero ahorrado, entre otros), los cuales fueron dejados por la persona fallecida (el causante).

Si por algún motivo la herencia dejada no quedó asentada en un testamento, la diligencia se realiza en el Registro Civil. Presentando los Requisitos para Cobrar Herencia. No se necesita contratar a un abogado.

Repartición de la Herencia

Ciertamente la muerte de un ser querido, en un evento muy doloroso para la familia. Y que va de la mano con una cantidad de diligencias que causan ansiedad, debido al trágico momento que se está viviendo. Así como también consignar los Requisitos para Cobrar la Herencia.

Por tal razón, es fundamental saber acerca de los elementos legales, es decir, de cómo se reparte la herencia. Ya que el desconocimiento acerca del tema, puede resultar en conflictos con los familiares.

Si la persona fallecida o causante dejó un testamento, se deben respetar algunas reglas ya que en Chile no hay libertad testamentaria. Es decir, no se pueden repartir los bienes heredados a cualquier persona, ni mucho menos que la distribución de estos se haga de forma desorganizada a cada uno de los herederos.

Por lo consiguiente, los bienes heredados deben repartirse de la forma abajo mencionada:

Por Mitad Legítima

Se refiere al 50% del monto total de la herencia. El cual debe ser distribuido entre los llamados «herederos forzosos». Estos son: El cónyuge, los padres y los hijos.

La Cuarta de Mejoras

Es el 25% de los bienes que se heredan, se disponen para mejorar el patrimonio que reciben los «herederos forzosos». Un ejemplo puede ser: La persona fallecida o causante pudo haber dejado un 15% extra a su cónyuge y el otro 10% al hijo más pequeño.

La Cuarta de Libre Disposición

Con esta se refiere al otro 25% que resta. Y en tal caso puede heredarlo la persona que el causante haya decidido.

Ahora bien, cuando la persona fallecida no ha dejado testamento, las condiciones son diferentes y la herencia se reparte de esta manera:

herencia

  1. En Primer Orden: Va para el cónyuge con quien convivió civilmente y los hijos. En consecuencia la herencia se transfiere a los nietos que tenga por parte del hijo.
  2. Segundo Orden: En el caso de que no haya hijos, los bienes pueden otorgarse a sus progenitores. Si estos fallecieron la herencia podría pasar inclusive a los abuelos.
  3. En Tercer Orden: Se refiere cuando no está ninguno de los herederos antes nombrados. Siendo ese el caso, los bienes pasan a manos de los hermanos que existan de parte de padre y madre. Pero si alguno ha muerto, heredan los hijos de este (los sobrinos).
  4. Cuarto Orden: Ahora bien, si falta alguno de los anteriores, los bienes pasan a los más cercanos. En otras palabras, familiares consanguíneos que están vivos como los primos, tíos, entre otros.
  5. En Quinto Orden: Este orden se da cuando faltan las personas que mencionaron arriba. Por consiguiente, los bienes pasan a manos del fisco.

En Chile las Leyes no discriminan como heredero al conviviente del fallecido, a menos que haya firmado el Acuerdo de Unión Civil. Es posible que los cónyuges hayan tenido un largo periodo de convivencia, y su relación haya sido pública, sin embargo, no es válido para los efectos de la herencia. Por esta razón, se decretó la Ley de Acuerdo de Unión Civil.

¿Qué es la AFP?

La AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) son entes que legalmente, invierten el dinero de las personas naturales en instrumentos de mercado financiero. Con la finalidad de que los ahorros produzcan una gran utilidad a largo plazo.

Estas operaciones no son gratis, porque cada empleado tiene que pagar algunas comisiones mes a mes y un saldo a la hora de jubilarse, y así adquirir los fondos de estas compañías. Las AFP desempeñan una función esencial para el futuro económico de los trabajadores.

Por esto, hay que darles la importancia que requieren. Hacer un estudio y un análisis para contratar la empresa más conveniente, de acuerdo al perfil que tengamos. Las AFP se encargan de administrar el dinero que los empleados disponen todos los meses en sus cuentas particulares de capital.requisitos cobrar herencia

A través de esa administración, financian más adelante cualquier tipo de pensión. Puede ser pensión por incapacidad, por gastos funerarios, por jubilación o por sobrevivencia. Estas compañías perciben contribuciones propias de los empleados.

Y las cuotas portadas son invertidas para favorecer al trabajador, en acciones de la bolsa de valores, también en bonos de instituciones privadas o públicas, título de deudas y en otras formas de inversión. El Estado impulsa un ahorro el 10% del sueldo mensual del trabajador. Sin embargo, es sabido que no es el total que cada trabajador tiene que pagar a fin de mes, porque al 10% le falta agregar la comisión que su AFP disponga.

Dentro del mercado de AFP chileno, se han evidenciado algunas modificaciones desde el principio. Un gran número de ventas y uniones ha ocasionado actualmente, que existan 6 AFP. Abajo se menciona una lista de AFP que existen en Chile:

  • La AFP Provida.
  • AFP Capital.
  • La AFP Modelo.
  • AFP Cuprum.
  • La AFP Planvital,
  • AFP Habitat.

Las AFP tienen algunas características, las cuales mencionamos a continuación:

Soporte Solidario

Son capaces prever situaciones de necesidad en la vejez, las utilidades proceden de los impuestos comunes de la Nación.

Son un Soporte Contributivo

Los aportes son netamente particulares, y la afiliación es totalmente obligatoria tanto para afiliados voluntarios como para empleados independientes.

Soporte Voluntario

Está creado por programas de ahorro Previsional Voluntario (APV), y también cuentas de ahorro voluntarias. Existen ventajas con respecto al ahorro voluntario.

Si eres un nuevo cliente para las Administradoras de Fondos de Pensiones, no tienes la oportunidad de escoger con libertad la AFP más conveniente. Esto se debe a que a partir de agosto de 2010, hay una Ley que ordena a los empleados a integrarse a la AFP que haya conseguido la última licitación. Y por lo tanto mantenerse en ella mientras se encuentre vigente.

Al finalizar este periodo de licitación, los ahorristas asociados tienen la posibilidad de cambiar su AFP cada vez que lo crea necesario. En el momento de escoger cual, se debe tener la seguridad de que nuestro dinero ahorrado están protegidos.reparticion

Y se recomienda realizar antes un estudios donde se puedan cotejar las comisiones que generan cada una de las AFP. Y también observar la cantidad de afiliados que posee cada compañía y así poder guiarse de mejor forma. Aparte de estudiar cada compañía y cotejarlas, se procede a contabilizar el costo provisional que le corresponde.

Las AFP, tienen la habilidad de funcionar en los mercados que supongan riesgo. Esto por medio de un sistema de listas que señala y discrimina entre herramientas escogibles y no escogibles. Las AFP invierten en los mecanismos que el Banco Central de Chile y la Superintendencia de AFP estipula. Pueden dividirse de dos maneras:

En Renta Fija

  • En títulos del Banco Central de Chile.
  • La Tesorería General de la República.
  • En depósitos a plazo.
  • Los pagaré.
  • Las letras hipotecarias.

Renta Variable

  • En acciones.
  • Los bonos.
  • En fondos de inversión y fondos mutuos.
  • Los certificados bancarios ADR (American Depository Receipts).

herederos

Esperamos haberte ayudado con respecto a los Requisitos para Cobrar la Herencia. De tal manera que puedas comenzar a efectuar las diligencias pertinentes.

Es importante que analices y te asesores muy bien sobre la situación en la que te encuentras, para que todo salga lo mejor posible. te deseamos suerte con tu trámite.

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